La Junta Revolucionaria de Gobierno

     Al día siguiente de materializarse la llamada Revolución de Octubre se constituyó, en el Palacio de Miraflores, la Junta Revolucionaria de Gobierno que a partir de ese momento se encargaría de regir los destinos de la nación. Ésta quedó conformada por siete miembros: dos militares y cinco civiles. Esta proporción nos habla de la importancia del elemento civil dentro del movimiento revolucionario. Quedó organizada entonces, por los mayores Carlos Delgado Chalbaud y Mario Vargas, y los civiles Rómulo Betancourt (presidente de la Junta), Raúl Leoni, Gonzalo Barrios, Luis Beltrán Prieto Figueroa (todos conocidos dirigentes de Acción Democrática) y el médico Edmundo Fernández. Este último personaje, según los testimonios posteriores de los conjurados, sirvió de enlance entre los militares y Rómulo Betancourt.

     El golpe de Estado del 18 de octubre de 1945 toma desprevenidos, en su mayoría, a los venezolanos; no así al propio gobierno de Isaías Medina Angarita que, el día antes había develado la conjura y hecho prisionero a uno de los militares alzados: el mayor Marcos Pérez Jiménez. Esta medida no sofocó la revolución; al contrario, la aceleró, pues estaba proyectada para el mes de noviembre. El presidente optó por ahorrarle al país una confrontación sangrienta y decidió entregarse. En las primeras horas reinó la confusión en toda la población, incluidos los representantes del gobierno y los militantes del partido Acción Democrática. En ambos bandos se pensó que el protagonista del golpe era el ex presidente general Eleazar López Contreras y los lopecistas, militares o no, afectos a él. Al extremo de producirse declaraciones como las del connotado escritor y acción democratista Andrés Eloy Blanco condenando el golpe. Al final de sus tres años de gestión la Junta Revolucionaria de Gobierno había dejado un Estatuto Electoral que por primera vez otorgaba el voto a las mujeres, a los mayores de 18 años y a los analfabetas. Se eligió una Asamblea Nacional Constituyente que redactó la Constitución sancionada el 5 de julio de 1947 y convocó a elecciones presidenciales mediante el voto universal, directo y secreto.

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